Nuevos valores y montos mínimos para infracciones
El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) fijó los nuevos valores para el litro de alcohol etílico y metanol y el Monto Mínimo de Multas, que servirán de base para el cálculo por infracciones. , El presidente del INV, Raúl Guiñazú, dispuso para el alcohol etílico un valor de 0,70 pesos, y para el metanol, 0,50 pesos. Todo esto se dio en la Resolución 24/07, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Esta medida, considerada "imprescindible", se adoptó "atento que han desaparecido los causales que motivaron el dictado de la Resolución 10/03", que readecuó los valores "en función de la realidad imperante en el país a esa fecha", señala en sus considerandos. "En todos los casos, al momento de aplicar la multa correspondiente, el volumen a considerar para el alcohol etílico y la materia prima contabilizable, será el absoluto y para el metanol, los litros", aclaró la norma. Asimismo, estableció en 290 pesos el Monto Mínimo de Multas por infracciones a la Ley Nacional de Alcoholes 24.566, que servirá de base para las penas a aplicar. "Para obtener el monto total de la multa a aplicar, se debe multiplicar el valor del precio del alcohol por los guarismos establecidos en el Artículo 30 de la Ley Nacional de Alcoholes 24.566, según el tipo de infracción que se trate, y por el volumen absoluto o litros, según el producto que corresponda", añadió.
Si el resultado de esta operación es menor al Monto Mínimo de la Multa, la sanción será equivalente a dicho monto, dijo.

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